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27 DE ENERO 2024

En defensa del derecho a la salud, la Justicia ordenó de manera inmediata al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) proporcionar la cobertura integral de tratamiento farmacológico a una mujer afectada por artritis reumatoidea, la cual le impide la movilidad, según confirmaron fuentes relacionadas con el caso este viernes.

La medida cautelar a favor de M.E.M.Z, de 56 años, fue emitida por el magistrado en lo contencioso administrativo y tributario Darío Reynoso, quien previamente había habilitado la feria judicial al considerar que no se debía demorar la tramitación de la acción de amparo.

El juez estableció un plazo de 72 horas para que el GCBA garantice la cobertura del tratamiento farmacológico, que incluye metotrexato 25 miligramos una vez por semana por vía subcutánea; ácido fólico 10 miligramos por vía oral una vez por semana; Tofacitinib 5 miligramos vía oral cada 12 horas; y Meprednisona 4 miligramos por día vía oral.

La mujer ha experimentado discapacidad desde 1997 y la suspensión del tratamiento médico recetado en 2013, el cual no debía interrumpirse, ha resultado en una «reactivación de la enfermedad, dolores, rigidez, invalidez con postración y daños tisulares y articulares irreversibles», según sus afirmaciones.

M.E.M.Z., quien recibe atención en el Hospital de Agudos Penna de la capital, indicó que a finales de 2023 presentó múltiples reclamos para obtener los medicamentos recetados, pero no recibió los tratamientos a pesar de demostrar que habían sido prescriptos por profesionales de la salud de la ciudad.

Reynoso recordó que la Declaración Universal de los Derechos Humanos asegura el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado, que incluya la salud, el bienestar, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Asimismo, destacó que la Constitución Nacional brinda una protección especial a los grupos vulnerables y que la Ley 27.044 equipara a norma constitucional la «Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad».

El juez subrayó que, a nivel local, la constitución de la ciudad «además de garantizar el derecho de los ciudadanos a la salud integral, establece que el gasto público en materia de salud constituye una inversión prioritaria».

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