CABA: Decisión para resguardar el legado histórico de la ciudad.

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26 DE ABRIL DE 2023

La Justicia de Buenos Aires instruyó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) a finalizar el catálogo de edificaciones erigidas antes de 1942 con el fin de ponderar su conservación patrimonial. Tal registro ya estaba estipulado por legislación, pero no llegó a materializarse. Grupos que defienden el legado histórico señalan que esta tardanza es una de las razones centrales de la demolición de estructuras de relevancia histórica que han evidenciado en tiempos recientes. Asimismo, se especificó que mientras no se concluya el catálogo, el GCBA no deberá conceder permisos de demolición de dichos bienes, a no ser que el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) lo permita de manera específica.

«Finalizar el registro completo incluyendo todos los bienes, públicos o privados, ubicados en la ciudad, cuyos planos se hayan archivado antes del 31 de diciembre de 1941», fue lo que solicitó al Gobierno local el juez Aurelio Luis Ammirato, encargado del Juzgado N°10 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad. La resolución responde a un recurso de protección propuesto por cuatro entidades locales: el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), Basta de Demoler (BdD), SOS Caballito y la Fundación Ciudad.

En la determinación, se especifica que tras finalizar el registro, el CAAP tendrá que finalizar la «ponderación del valor patrimonial de dichos bienes». Para las estructuras que el Consejo juzgue dignas de protección, se tendrá que «establecer el resguardo correspondiente y adecuado». Además, se determinaron una serie de pasos a seguir por el GCBA para demostrar el progreso ante la Justicia, suministrando la lista de «bienes evaluados tras esta sentencia, bienes propuestos para su catalogación y bienes definitivamente catalogados».

El argumento principal de quienes solicitaron el amparo y del juez que les concedió la razón, se centra en el incumplimiento de la Ley 3056 de 2009. Dicha ley reformaba el procedimiento de Promoción Especial de Protección Patrimonial (PEPP), instaurado por otra norma en 2007, y especificaba que el PEPP debería considerar las edificaciones públicas o privadas hechas antes del 31 de diciembre de 1941. El GCBA tenía la tarea de hacer un relevamiento de estos bienes para que el CAAP decida su conservación.

No obstante, solo se hizo un levantamiento en conjunto con la Facultad de Arquitectura de la UBA, identificando cerca de 141 mil edificaciones previas a 1942. De estas, el CAAP eligió 18.195 –alrededor del 13% del total– pero los proyectos de ley para su protección no se debatieron en la Legislatura, según indica BdD. «Además, la ambigüedad del CAAP y la adaptabilidad en la protección legal por parte de la Dirección General de Interpretación Urbana (DGIUR) está atenuando las estrategias de conservación y gestión del legado arquitectónico de la ciudad como la Ley 3056», señalaron. Las organizaciones indican que la mayoría de las edificaciones quedan en un «vacío legal» donde sus destinos son decididos de forma individual y no registrada.

«El GCBA dilata la evaluación de estos bienes porque opta por hacer evaluaciones según las solicitudes de demolición con procesos poco claros sujetos a intereses del sector inmobiliario», comentó Jonatan Baldiviezo, abogado del ODC. «La desvalorización patrimonial de un bien no se lleva a cabo mediante un acto oficial y, por ende, no se anuncia en el Boletín Oficial. La población se entera cuando la demolición ya está en curso y es prácticamente inviable disputar la valoración hecha por el GCBA», añadió.

Ammirato, en su decisión, consideró que el hecho de no haber «finalizado en el tiempo estipulado» originó un «peligro palpable para el legado histórico, arquitectónico y cultural». «Es evidente que el trabajo no se ha completado en relación con los bienes cuyos planos se archivaron antes del 31 de diciembre de 1941», apuntó.

Por esta razón, el juez tomó precauciones para el tiempo hasta que el GCBA concluya el registro. Instruyó al Gobierno «abstenerse de conceder demoliciones, reformas, expansiones o nuevas obras, incluyendo el registro de planos» en relación a estas edificaciones. Solo habrá excepciones «en casos donde el CAAP decida, de forma explícita y particular, que el bien no tiene valor patrimonial».

Desde BdD, pidieron que «junto a la resolución judicial» se debatan «los proyectos de ley con las edificaciones seleccionadas por el CAAP para que finalmente queden protegidas legalmente». También demandaron una revisión al CAAP y a la DGIUR ya que, aseguran, «a pesar de las anomalías documentadas por vecinos, ONG y resoluciones judiciales, observamos con preocupación la arbitrariedad y opacidad con la que se está alterando la identidad de Buenos Aires para siempre».

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