CABA: la Justicia detiene la construcción de dos edificios en el barrio de Belgrano
6 DE OCTUBRE 2024
La Justicia porteña ha suspendido la construcción de dos proyectos inmobiliarios ubicados en el barrio de Belgrano, específicamente en el 1200 de la calle Echeverría. A diferencia de otros fallos que han anulado obras por su altura excesiva, el juez Aurelio Luis Ammirato decidió frenar cautelarmente estos emprendimientos debido a su impacto en los pulmones de manzana. Aunque las construcciones se ajustan a lo que establece la última modificación del Código Urbanístico (CUR) para la zona, Ammirato argumentó que los cambios que afectan a los pulmones de manzana fueron aprobados sin las instancias necesarias de participación ciudadana, lo que llevó a la suspensión de los permisos de obra otorgados por el Gobierno de la Ciudad.
Los dos proyectos están destinados a levantarse uno frente al otro en la calle Echeverría, entre Miñones y Artilleros. Según el juez, el primer proyecto ya está en ejecución y se encuentra en la etapa de excavación en el predio ubicado en Echeverría al 1237. El segundo proyecto, aún en etapa de diseño, abarca los terrenos desde Echeverría al 1238 hasta el 1264. Aunque no se trata de edificios de gran altura —cinco pisos más planta baja y subsuelos—, sí poseen una extensión considerable hacia el interior de sus respectivas manzanas.
Este último aspecto es el principal punto de contención planteado por los amparistas, liderados por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), y sobre el cual el juez fundamenta su decisión. El primer proyecto implica la construcción de dos estructuras conectadas, una de las cuales, según el amparo, invadiría parte del pulmón de manzana. El segundo se erigiría a lo largo de toda la manzana, con salida a la calle Sucre al 1200.
El juez emitió dos resoluciones por separado, aunque con argumentos casi idénticos, para justificar la aceptación de la cautelar solicitada. En ambos casos, explicó que los permisos de obra otorgados por el GCBA se encuadraron dentro de las modificaciones más recientes del CUR, específicamente la del año 2020, que introdujo dos artículos para modificar algunos aspectos normativos de la constructibilidad en el área catalogada como Barrio Nuevo Belgrano, delimitada por las calles Migueletes y La Pampa y las avenidas Monroe y Figueroa Alcorta.
Esta actualización del CUR, que se formalizó en la Ley N° 6.361, implicó una división del barrio en diferentes zonas conforme a la normativa parcelaria. El sector donde se encuentran los dos proyectos fue definido como Zona N° 1, destinada a uso residencial, pero con la particularidad de que el Código incluyó la categoría de «parcela superior», con una superficie mínima de 1.500 metros cuadrados, permitiendo así la construcción sobre los pulmones, que están formalmente catalogados como «centros libres de manzana».
En su resolución, el juez destacó que el GCBA confirmó que los permisos de obra de ambos proyectos fueron otorgados bajo la normativa de la Ley N° 6.361. En consecuencia, el titular del Juzgado N° 10 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario determinó la suspensión de los permisos para ambas obras, considerando que los artículos incorporados para Nuevo Belgrano no siguieron los procedimientos legislativos adecuados para la modificación del Código. «De la versión taquigráfica de la primera lectura de la ley no surgiría, en principio, que las mencionadas modificaciones hubieran sido incorporadas y discutidas», advirtió el juez.
Esto significa que los artículos en cuestión fueron añadidos después de que la ciudadanía ya había debatido otras modificaciones en la audiencia pública reglamentaria, privando a los vecinos de la posibilidad de acceder a dicha información antes de la votación final en la Legislatura. Para el magistrado, esto configura una violación del procedimiento legislativo de doble lectura y del requisito de audiencia pública para el debate de tales modificaciones, afectando así el derecho a la participación ciudadana.
Tras conocer los fallos, el abogado del ODC, Jonatan Baldiviezo, advirtió que «la Justicia de la Ciudad ya ha dictado seis sentencias reconociendo que varios artículos de la ley que modificó el CUR fueron incorporados después de la audiencia pública, constituyendo así una violación del procedimiento parlamentario de doble lectura». «Esto representa un claro fraude al procedimiento constitucional que exige transparencia y participación ciudadana como elementos fundamentales en la planificación de la ciudad», agregó.
Desde el ODC también advierten que los anexos del propio Código prohíben la construcción sobre los pulmones de manzana en esta área de Belgrano, catalogándola dentro de «urbanizaciones determinadas específicas». Aseguran que esta normativa no fue alterada por la Ley N° 6361, por lo que sigue vigente.
